El Sindicato de Trabajadores Judiciales te recuerda que ante la aparición de un accidente laboral, tu obligación es:

1) Comunicarlo de manera inmediata a la Corte Suprema de Justicia.
2) Debés hacerlo preferentemente por nota escrita y con copia para debida constancia.
3) Por sí mismo o a través de algún familiar.

Importante: La no comunicación del accidente lleva implícito que, ante una consecuencia posterior del mismo, no se reconozca una jubilación por invalidez.
Conforme al artículo 30 del Reglamento de Licencias para el Personal del Poder Judicial y al artículo 26 del Decreto provincial 1919/89 Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias.