Desde el gremio comunicamos la Resolución de Secretaría de Gobierno de fecha 19.5.2021: Reiteración de medidas generales de higiene. Circular nro. 77. A continuación se transcribe el texto completo de la circular firmada por el Secretario de Gobierno Dr. Eduardo Bordas.

«En el contexto actual generado por el virus COVID-19, y ante el notorio incremento de casos, reiteramos lo comunicado oportunamente mediante Circulares Nº 17, 42, 121 y 43, en relación a las medidas generales de higiene que deben considerarse, tales como: lavado de manos frecuente con jabón  rociado con alcohol luego del contacto físico y antes y después de comer; cubrirse la boca al toser y estornudar con un pañuelo desechable o con el
ángulo del codo; mantener limpio los lugares de trabajo y áreas comunes; utilizar el tapabocas; distanciamiento personal mayor a 2 mts; y toda otra medida de prevención recomendada por las autoridades sanitarias.

Asimismo se recuerda lo dispuesto en la Circular N° 183/20 respecto a la ventilación asidua de los espacios con la finalidad de permitir la circulación de aire natural al efecto de su renovación evitando de dicho modo la recirculación del aire dentro del mismo ambiente.

En igual sentido, se encuentran vigentes las pautas establecidas en la “Guía práctica de actuación para la prevención de la transmisión de infecciones producidas por el virus COVID-19” comunicada en fecha 26.5.2020 mediante circular N° 58/20 y las actualizaciones brindadas por el Ministerio de Salud de la Nación en relación a la definición de “caso sospechoso” en el link www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/definicion-de-caso   

Se reitera también la responsabilidad de los titulares de cada unidad jurisdiccional y Director de Oficina de Gestión de respetar en el ámbito de su dependencia el distanciamiento social, recordando la vigencia de lo dispuesto por Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia de fechas 03.12.2020 (Acta N°44, pto. único) y 23.2.2021 (Acta N° 5, pto.14), en cuanto refiere a adecuar la asistencia de sus dependientes para prestar funciones en horarios matutinos y vespertinos en aquellos órganos donde la planta de personal disponible -excluyendo los contemplados dentro de grupos de riesgo-, exceda del 50% de agentes con que habitualmente cuenta el organismo.

Asimismo, los agentes judiciales que pudieran encontrarse involucrados en situaciones referidas a Covid-19, deberán consultar con la autoridad sanitaria competente mediante comunicación al 0800-555-6549 y hacer saber de manera inmediata dicha circunstancia a los referentes de cada Circunscripción Judicial designados oportunamente a tales efectos, debiendo a  partir de ese momento aguardar las instrucciones que a la mayor brevedad posible le serán comunicadas; siendo los teléfonos de contacto los siguientes:

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL NRO. 1 – SANTA FE: 0342 – 155320414.

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL NRO. 2 – ROSARIO: 0341 – 156183717

CIRCUNSCRIP. JUDICIAL NRO. 3 – VENADO TUERTO: 03462 – 154-13155

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL NRO. 4 – RECONQUISTA: 03482 – 15639115

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL NRO. 5 – RAFAELA: 03492 – 15645166.

Asimismo recordamos que se encuentran disponibles en la página Web del Poder Judicial los permisos de circulación.

Para acceder a los mismos se deberá ingresar al siguiente link http://credenciales.justiciasantafe.gov.ar o ingresando a la página web del Poder Judicial -www.justiciasantafe.gov.ar- en la sección principal CORONAVIRUS, opción “Credenciales para el personal judicial afectado”, clickear “obtener”; luego colocar como Usuario: “agente”, como Clave: “judicial” y a continuación el número de DNI del agente que solicitó el permiso.

Se solicita dejar constancia de la notificación de la presente a los agentes judiciales de la dependencia a su cargo».

Circular nro. 77. Resolución de Secretaría de Gobierno de fecha 19.5.2021: Reiteración de medidas generales de higiene.