LA LEGITIMIDAD DE LOS SINDICATOS NO ESTÁ EN DISCUSIÓN
SOLIDARIDAD CON LOS TRABAJADORES/AS JUDICIALES
La Intersindical de Rosario expresa su profunda preocupación por el criterio sostenido por el Sr. Juez Dr. Fabián Bellizia, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 12 de la ciudad de Rosario, en el reciente fallo que rechaza la legitimación del Sindicato de Trabajadores Judiciales de la Provincia de Santa Fe, para promover una acción de amparo en representación de las y los trabajadores judiciales contra dos cláusulas transitorias de la nueva Constitución Provincial que traspasa compulsivamente y sin el consentimiento de esos trabajadores y trabajadoras al nuevo Ministerio Público.
El fallo a todas luces es arbitrario. Ya los máximos tribunales del país expresaron:
“No aparece como indebida la legitimación procesal que se ha otorgado al sindicato amparista, asociación que cuenta con la respectiva personería gremial, y por lo tanto encargada de representar frente al Estado y los empleadores, tal el caso de autos, los intereses individuales y colectivos de los trabajadores (art. 31, ley de Asociaciones Sindicales, nº 23.551). Por otra parte, cabe destacar que la reforma de la Constitución Nacional de 1994 introdujo una modificación trascendente en relación a la acción de amparo, otorgándole una dinámica desprovista de aristas formales que obstaculicen el acceso a la jurisdicción cuando están en juego garantías constitucionales, y ampliando la legitimación activa de los pretensores potenciales en los casos de incidencia colectiva en general, legitimando en este aspecto a las asociaciones, de las que no cabe… excluir a las sindicales ” (CSJN, 4/7/2003, S. 729. XXXVI “Sindicato Argentino de Docentes Particulares S.A.DO.P. c/ Estado Nacional -Poder Ejecutivo Nacional s/ acción de amparo” , Fallos: 326 :2150; cfr. Fera, Mario S., Legitimación colectiva de las asociaciones sindicales, en: “El derecho del trabajo en los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación” , La Ley, 2020, Buenos Aires, Tomo III, página 69 y siguientes).
Los trabajadores y trabajaoras del poder juridicial no pueden dejar pasar por alto la arbitrariedad de las sentencias que perjudican a quienes todos los días trabajan en la administración del Poder Judicial. No nos subestimen a nuestros compañeros y los tomen por ignorantes. No hay justicia sin judiciales.
No se trata únicamente de un conflicto que afecta a las y los judiciales. Lo que está en juego es la REPRESENTACIÓN COLECTIVA Y EL DERECHO DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES A DEFENDER LOS INTERESES DE QUIENES REPRESENTAN.
Desconocer esa legitimación implica debilitar la libertad sindical, vaciar de contenidos la función de los sindicatos y sentar un precedente que podría afectar a todas las organizaciones gremiales y, con ello, a millones de trabajadores y trabajadoras.
Cuando se intenta quitar legitimidad a un sindicato para defender a sus representados, no se limita a una organización: se pretende debilitar la voz colectiva de todas las trabajadoras y todos los trabajadores. Ese precedente no puede naturalizarse.
La Intersindical de Rosario REAFIRMA SU SOLIDARIDAD con el Sindicato de Trabajadores Judiciales de la Pcia. de Santa Fe y sostiene que LA DEFENSA DE LA REPRESENTACIÓN SINDICAL ES LA DEFENSA DE UN DERECHO CONSTITUCIONAL QUE PERTENECE AL CONJUNTO DEL MOVIMIENTO OBRERO.
Rosario, 29 de Julio de 2026