Presentamos ante la Comisión Redactora de la Convención Reformadora de la Constitución Provincial, formal NOTA requiriendo se legisle en las cláusulas transitorias el derecho de opción para todos aquellos integrantes del Poder Judicial que se vean afectados con la decisión de la creación fuera del Poder Judicial de los Ministerios Públicos.
Todo ello en resguardo de los derechos laborales, la familia judicial y el respeto de haber ganado un concurso oportunamente para ingresar a los Tribunales provinciales.
Comisión Directiva 26/08/2025
REFORMA CONSTITUCIONAL LEY 14.384 – ENCUADRE DE LOS MINISTERIOS PUBLICOS – DERECHO DE OPCIÓN
